HISTORIAS DEL AYER...... 1821-1830

  

El 6 de febrero de 1821 se plantea en el ayuntamiento, presidido por el alcalde constitucional Damián Caballero, el acuerdo de repartidores que revisarían las cuentas en el año económico comprendido entre el primero de julio de 1820 y el 30 de junio de 1821. Entre los muchos negocios que se notificaban en el acta esta el arrendamiento de pastos y hierbas para cuatro mil cabezas de ganado lanar. Los nombramientos recayeron en Agustín Callejas, Clemente Mozo, Manuel Casado, Manuel González e 19nacio Caballero.

 

En la sesión del 3 de abril de 1823 se replantea el arrendamiento desde San Marcos (25 de abril) hasta San Martín (11 de Noviembre). EI 6 de Septiembre de 1829 se publica un edicto para dotar de equipamiento y armamento a los voluntarios del tercio Realista de la Villa cuya dotación cubra el bienio 1829 y 1830. A demanda del intendente provincial, se provee del citado equipamiento y se permite la acampada en las eras de la villa en 1830 debiendo dar parte de la matanza del cerdo a los citados voluntarios.

 

El alcalde y el prior de la villa solicitan una contribución tributaria en base a las utilidades y posesiones de los vecinos del lugar. El censo se refleja en el acta municipal recogiendo cerca de 200 vecinos que aportan 3018 reales y 28 maravedíes por la proporción del millón y medio de reales de valoración de utilizades. Destacan aportaciones locales y censales como el Conde de Torreno ó los Marqueses de Villajoyosa y Castrillo. El 4 de mayo de 1829 se pide la contribución para facilitar el suministro a las tropas francesas fijando un repartimiento contributivo con igualdad. EI 3 de Febrero de 1830 se vuelve a realizar una aportación extraordinaria de 5058 reales a la nación ji-ancesa remitiendo el edicto a la justicia de Castrodeza para que colaborase en proporción a las 400 iguadas que cultivaba en el termino Wambeño. EI 4 de diciembre de 1830, José Méndez -alcalde ordinario del ayuntamiento- Junto al comandante del tercio realista, supervisa los arbitrios para equipamiento y armamento de soldados realistas a través de la diligencia de utilidades fiadas en el censo contributivo.